bando13enero23

 

 

asociacion23

 

 

Justificante de la presentación de la Solicitud de Bien de Interés Cultural ante la Consejería de Cultura y Turismo de la Junta de Castilla y León

bic23presentacion

 

Solicitud de declaración como bien de interés cultural

A LA CONSEJERIA DE CULTURA TURISMO Y DEPORTES

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

D. JOSE MARIA RUEDA FERNANDEZ, mayor de edad, con domicilio a efecto de notificaciones en Calle El Sol, 8, 24236 Villafer (Villaquejida), en su propio nombre y derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, ante este Organismo comparece y, como más procedente sea en Derecho,

EXPONE:

Por medio del presente escrito se formula SOLICITUD PARA LA DECLARACIÓN COMO BIEN DE INTERÉS CULTURAL del llamado “PUENTE DE VILLAFER”, en base a lo dispuesto en la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León, el Decreto 37/2007, de 19 de abril, por el que se aprueba el Reglamento para la protección del Patrimonio Cultural de Castilla y León y resto del ordenamiento de la Comunidad y/o estatal que resulte de aplicación.

La solicitud se efectúa por los siguientes

MOTIVOS

PRIMERO. - DATOS DEL BIEN DEL CUAL SE PRETENDE LA DECLARACIÓN

Denominación: PUENTE DE VILLAFER

Localización: Km 3 de la Carretera LE-524, a la entrada de la pedanía de Villafer, perteneciente al municipio de Villaquejida

Localidad: Villafer (Vilaquejida)

Provincia: León

Breve descripción del bien:

Estructura mixta formada por un puente metálico de aproximadamente 180 metros, un vano de hormigón armado con su pila-estribo de 18 metros de longitud y otra sección con 18 vanos a base de tableros inferiores con viga en celosía de aproximadamente 200 metros, con una longitud total aproximada del conjunto de 400 metros, incluyendo los estribos de las cabeceras. Su anchura sólo permite el paso unidireccional con preferencia de paso en la cabecera derecha debidamente señalizada y también existen señales de tráfico limitando las cargas con prohibición para vehículos con MMA superior a 16 toneladas y un gálibo de 3.5 metros.

La primera sección se eleva sobre el cauce ordinario del río Esla; dispone de 4 vanos adintelados con luces semejantes de 40,30 metros cada uno que apoyan en tres pilas intermedias, un estribo completo en cabecera izquierda y una pila-estribo a la derecha del cauce que sirve al vano de hormigón armado. La labor de cantería es excepcional. El vuelo de la estructura lo componen 4 vigas del tipo bow-string con cruzamientos Pratt en cantos. Toda la estructura estácosida con un minucioso y perfecto roblonado en caliente de diferentes calibres. En voladizo se disponen los viales peatonales a base de chapa de acero galvanizado antideslizante. El ancho regular de la estructura es de 6,20 metros con una calzada de 3,80 metros y viales de 1,20x2 metros.

El juego de pontones, segundo sector de la estructura, enlaza con una pila-tabique del puente metálico y un muro-pila de 8 metros de espesor en hormigón aunque chapado en piedra y un nuevo tablero de hormigón armado que unifica dos vanos anteriores cuya luz es de 17,50 metros. El resto lo componen 18 vanos adintelados con luces semejantes de 8 metros cada uno. La obra de fábrica de este sector se compone de 17 pilas+estribo derecho. Dispone de un espléndido chapado en sillería de piedra caliza muy porosa; los viales peatonales son de planchas de acero galvanizado. Este sector cuenta con una anchura media de calzada de 5.20 metros más los dos viales peatonales de 1 metro de ancho cada uno; se cierra en cabecera derecha con un largo estribo de unos 10 metros, aproximadamente, también chapado en excelente trabajo. La anchura media de la calzada en este sector de puente es de 5,20 metros más los dos viales peatonales de 1 metros de ancho cada uno.

Uso actual: Tráfico rodado

Estado de conservación: Deficiente

SEGUNDO. –EL PUENTE

El llamado “PUENTE DE VILLAFER” se comenzó a construir en el año 1908, bajo la dirección del Ingeniero D. José María Escriña Iracheta y formaba parte de un proyecto mayor, que era la unión por carretera de Valderas con la de Madrid-Coruña, a través de: Villafer, Villaquejida, Grajal de Ribera, Cazanuecos y Roperuelos del Páramo.

En la pedanía de Villafer, que actualmente pertenece al Municipio de Villaquejida, se encontraba el tramo más costoso y complicado al tener que salvar el río Esla mediante un puente, pues en esa época, el caudal del río aumentaba notablemente en los inviernos y deshielos, provocando desbordamientos, que también afectaron a las obras de construcción del puente hasta que muy posteriormente se construyeron los embalses reguladores en cabecera (Porma y Riaño), circunstancia que retrasó su construcción y según dicen algunas fuentes, posiblemente obligó a replantear su diseño original.

Para proteger los pontones se construyeron varios gaviones o espigones con red metálica y piedras, algunos de los cuales han sido arrasados por el río y por unas obras de encauzamiento llevadas a cabo en 2003.

La estructura del puente es completamente metálica y está asentada sobre pilastras en sillería de piedra. Fue inaugurado el día 20 de abril de 1917.

Fuente: https://www.villafer.es/el-puente-de-villafer.html?limitstart=0

Se cita como documento gráfico la infografía del puente publicada en la página:

https://www.villafer.es/videos-infografia.html

Se aporta en documento anexo el trabajo realizado por D. Luis Solera Selvi, autor de la página de internet con acceso público cuya dirección es:

http://loboquirce.blogspot.com/2019/07/puente-de-villafer-sobre-el-rio-esla.html

Dicha página ofrece datos relativos a su historia, sus antecedentes, su necesidad e importancia en el tráfico de la zona, la composición de sus elementos constructivos, su construcción, el estado de mantenimiento y otros muchos datos de interés, detalles todos ellos que, a mi entender, justifican sobradamente su declaración como Bien de Interés Cultural (BIC).

El citado estudio y otras informaciones de fácil acceso por internet, unido a la información referente a la construcción y al mantenimiento desde su origen hasta el día de hoy que consta en los diferentes archivos de la Administración estatal o comunitaria, son una buena muestra de que este monumento reúne, de forma singular y relevante, características técnicas, históricas y etnológicas de suma importancia para procurar su protección y conservación, manteniendo su estado original en la medida de lo posible y evitar el continuo deterioro al que se ve sometido por el transcurso del tiempo unido a las inclemencias meteorológicas, que ,a falta de un mantenimiento adecuado, no tardará en colapsar.

También es necesario evitar el uso inapropiado al que se ve sometido al no impedir, de manera taxativa y en beneficio de determinados intereses económicos, un tráfico intensivo de maquinaria de gran tamaño y de vehículos de gran porte que ponen en peligro su estabilidad, agravan su estado y aceleran su deterioro.

TERCERO. – ÚLTIMAS ACTUACIONES QUE ACONSEJAN LA URGENTE DECLARACIÓN DE BIEN DE INTERES CULTURAL

Muy recientemente, en el mes de diciembre de 2022, se han efectuado unas obras que modifican y comprometen seriamente la estructura original del puente, al sustituir los arriostramientos transversales de los arcos con 13 vigas riostras principales (perfiles HEB-280), que nada tienen que ver con los que han sido sustituidos.

Estos perfiles, al aumentar el gálibo vertical, pueden permitir el paso de vehículos de mayor envergadura y por supuesto de mayor tonelaje, como sucede con excesiva frecuencia, circunstancia que supone un aumento innecesario de riesgos por pérdida de estabilidad, sin descartar un peligro de colapso, pues no podemos olvidar que se trata de una construcción diseñada en su momento para el paso de ganado y carretas de mucho menor peso.

Se aporta Resolución de aprobación del gasto, Código Expediente: B2022/020782, firmada por el Jefe de Servicio Territorial de Movilidad y Transformación Digital de León, D. JUAN FRANCISCO ESCANCIANO GONZALEZ, en fecha 29/11/2022.

CONCLUSIÓN. -

En mi modesta opinión unida a la de otras personas que conocen el estado del llamado PUENTE DE VILLAFER y a salvo de superior criterio, sólo la declaración de este monumento como Bien de Interés Cultural puede evitar que se le dé un uso inapropiado que, además de comprometer la seguridad del tráfico, arruine una construcción de INNEGABLE valor técnico, histórico y etnológico.

Por ello,

A LA CONSEJERÍA DE CULTURA SOLICITO:que tenga por presentado este escrito con los documentos que se adjuntan, lo admita todo ello y en atención a los motivos expuestos y a las investigaciones y/o averiguaciones que considere oportunas, incoe la tramitación del expediente administrativo para la declaración del llamado PUENTE DE VILLAFER como Bien de Interés Cultural, de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cultural de Castilla y León y legislación concordante.

En Valladolid, a *** de 2023

Fdo: José María Rueda Fernández